lunes, 5 de septiembre de 2016

AFP VS ONP: PRINCIPALES DIFERENCIAS.


Conocer las diferencias entre una AFP y la ONP resulta importante pues, al ingresar por primera vez a planilla como trabajador de una empresa, tendrás que aportar a uno de estos dos sistemas de pensiones.

miércoles, 1 de junio de 2016

APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA – PLAME, FORMULARIO VIRTUAL N° 0601 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 124-2016/SUNAT.


Mediante Resolución de Superintendencia N° 124-2016/SUNAT Resolucion de Superintendencia N 124-2016-SUNAT del 19 de mayo de 2016, publicada el domingo 22 de mayo en el Diario Oficial El Peruano, se ha aprobado la nueva versión del PDT Planilla Electrónica -PLAME, Formulario Virtual N° 0601.

lunes, 30 de mayo de 2016

ALIMENTACIÓN PRINCIPAL


¿En qué casos la Alimentación Principal tiene carácter remunerativo y en cuáles no?

El art. 6º del Dec. Leg. Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL), al definir lo que constituye remuneración para todo efecto legal establece que "las sumas de dinero que se entreguen al trabajador directamente en calidad de alimentación principal como desayuno, almuerzo o refrigerio que lo sustituya o cena, tienen naturaleza remunerativa", es decir, deberán ser consideradas remuneración computable para el cálculo de beneficios laborales y se encontrarán afectas a todo tipo de aportaciones, contribuciones sociales e impuestos.

viernes, 8 de abril de 2016

INCREMENTO A LA REMUNERACION MINIMA VITAL (RMV)


Mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-TR (31.03.2016), se incrementa la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

miércoles, 23 de marzo de 2016

DECLARACION DE PREDIOS

01. CONCEPTO - DECLARACIÓN DE PREDIOS
Es una Declaración informativa exigida anualmente por la SUNAT a las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC, la que tiene por finalidad conocer la variación de la propiedad de sus predios al 31 de diciembre de cada ejercicio gravable y permita a la SUNAT determinar con mayor certeza el impuesto a la renta que estos patrimonios puedan generar y realizar otras acciones de control en sus programas de fiscalización. 
El concepto de predio abarca cualquier tipo de terreno rústico o urbano, casa, departamento, cochera o depósito.

lunes, 25 de enero de 2016

APRUEBAN PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE QUEJAS - RECLAMOS A TRAVÉS DEL LIBRO DE RECLAMACIONES DE LA SUNAT Y CANALIZACIÓN DE SUGERENCIAS, ASÍ COMO EL FORMATO VIRTUAL PARA QUEJAS - RECLAMOS Y SUGERENCIAS


Mediante  la presente  Resolución (Resolución de Superintendencia Nº 006-2016/SUNAT) se aprueba el Procedimiento para la Presentación y Atención de Quejas-Reclamos a través del Libro de Reclamaciones de la SUNAT y Canalización de Sugerencias, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución.

viernes, 22 de enero de 2016

PAGOS A CUENTA Y RETENCIONES DEL IMPUESTO A LA RENTA POR CUARTA CATEGORÍA 2016


La Resolución de Superintendencia N° 367-2015/SUNAT publicada el 31 de diciembre de 2015 establece los importes referidos a la obligación de efectuar pagos a cuenta y a la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio 2016.  

viernes, 15 de enero de 2016

MULTA POR NO DECLARAR DENTRO DE PLAZO - NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO (NRUS)


De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 176 numeral 1 constituye infracción relacionada con la presentación de la declaración jurada, no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.

miércoles, 13 de enero de 2016

¿QUÉ ES UNA CARTA INDUCTIVA DE LA SUNAT?


Un informe de la Sunat señala que las cartas inductivas con las que el fisco se comunica con los contribuyentes no es inicio de una fiscalización, entre otras características.

lunes, 11 de enero de 2016

CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES MENSUALES PARA EL EJERCICIO 2016


Los deudores tributarios cumplirán con realizar el pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos, así como con presentar las declaraciones relativas a los tributos a su cargo administrados y/o recaudados por la SUNAT, correspondiente a los periodos tributarios de enero a diciembre del año 2016, de acuerdo con el cronograma detallado.

Fuente:
R.S N° 360-2015/SUNAT