viernes, 3 de julio de 2015

SIMPLIFICAN TRÁMITES PARA INSCRIPCIÓN EN EL RUC.


Se aprobó una serie de modificaciones para la inscripción y modificación de datos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

La norma señala que las personas naturales afectas a Rentas de Primera, Segunda y Cuarta Categoría, así como las acogidas al Nuevo RUS solo deberán presentar su DNI al momento de inscribirse en el RUC o actualizar la información de su domicilio. Esto siempre y cuando el domicilio fiscal que se declare, sea aquel que figura en su DNI.

Esta medida se extenderá posteriormente a las personas naturales con negocio (que generan Rentas de la Tercera Categoría del Impuesto a la Renta, comprendidas en el Régimen General o Régimen Especial de Renta), los cuales requieren de un mayor control al tratarse de un segmento al que se le autoriza a emitir comprobantes de pago que otorgan derecho a sustentar crédito fiscal y/o costo o gasto (Facturas).

Y si el domicilio fiscal es diferente al del DNI, los contribuyentes podrán presentar no solo los recibos de agua, luz, telefonía fija, telefonía celular, internet, o televisión por cable; sino también estados de cuenta de bancos, siempre y cuando su fecha de emisión esté comprendida en los dos últimos meses.


Fuente:
http://guiatributaria.sunat.gob.pe


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