El Sistema de Emisión Electrónica del contribuyente (SEE del contribuyente)
permite ahorrar hasta un 30% de los costos operativos asociados a la gestión de
comprobantes de pago, señaló la Cámara de Comercio de Lima.
De los dos grupos de empresas que la SUNAT ha
designado para la implementación del Sistema de Emisión Electrónica del
contribuyente (SEE del contribuyente), el primer grupo tiene plazo
hasta el 1 de agosto del 2015 para adoptar este nuevo sistema, informó Julio
Samillán, jefe del área de Producto Tecnología de la Información de la Cámara
de Comercio de Lima (CCL).
El primer grupo de compañías que está obligado a
implementar el SEE del contribuyente, designado
por la SUNAT en diciembre del 2013, tuvo como fecha límite inicial el 30
de setiembre del 2014 y después se amplió hasta el 1 de abril del 2015. Sin
embargo, el último plazo que ha dado el organismo estatal es el 1 de agosto del
presente año.
“La SUNAT ha
hecho estas ampliaciones porque la adopción de la facturación
electrónica ha sido compleja, debido a las adecuaciones en los
sistemas informáticos y a los procedimientos del negocio asociados a la gestión
de comprobantes de pago que han debido realizar las empresas”, dijo.
“Esto suele suceder con todo nuevo sistema y el
plazo adicional brindado por la SUNAT ha
permitido la maduración del SEE del
contribuyente”, acotó Samillán.
En caso de que las empresas designadas por la SUNAT como
emisores electrónicos incumplan con la nueva fecha, correrán el riesgo de que
los comprobantes de pago en formato físico o pre-impreso que emitan luego no
sean válidos.
“Los comprobantes en formato físico que se emitan
posteriormente a la fecha límite no tendrán validez tributaria, excepto en
aquellos casos en los que la empresa esté imposibilitada de emitir comprobantes
electrónicos por causas no imputables a ella. De no presentarse esta excepción,
la empresa estaría cometiendo una infracción tributaria y estaría sujeta a una
sanción y multa”, sostuvo Samillán.
Con respecto al segundo grupo de 778 empresas
designadas para la implementación del SEE del
contribuyente, la primera fecha que les dio la SUNAT fue el 1
de julio del 2015. Para este grupo también se ha ampliado el plazo hasta el 1
de enero del 2016.
Samillán destacó que existen dos modalidades de
emisión electrónica. La primera está dirigida principalmente a la micro y
pequeña empresa, que es de acceso gratuito, y consiste en la emisión del
comprobante de pago desde el Sistema de Operaciones en Línea (SOL) del portal de la SUNAT.
La segunda modalidad, que es obligatoria para las
empresas que la SUNAT ha designado para que usen el SEE del contribuyente y que comprende a las empresas
que tienen de un mediano a alto volumen de emisión, deben seguir un proceso de
homologación.
Se estima que todo el proceso de implementación
puede durar dos a tres meses, que es el tiempo en el que se adquiere o se
desarrolla un software que genere comprobantes electrónicos según la normativa
del SEE del contribuyente.
Desde el 2012, año en que la SUNAT creó
este sistema, la Cámara de Comercio de Lima lo ha implementado en más de 130
empresas nacionales. Según Samillán, el SEE del
contribuyente permite ahorrar hasta un 30% de los costos operativos asociados a
la gestión de comprobantes de pago.
Los principales beneficios son la reducción de los
costos asociados en la impresión, almacenamiento, emisión y distribución, la
agilidad de los procesos de gestión de los documentos, la mejora en las
cobranzas y el aporte a la reducción de la huella de carbono.
Fuente:
Diario Gestión: http://gestion.pe
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